domingo, 7 de abril de 2024

La responsabilidad universal en la protección de los Derechos Humanos

Yo siempre estaré a favor de la protección de los DDHH de las personas honestas y decentes. En eso no se puede transar. 

Derechos Humanos.
En el contexto de los debates políticos sobre los derechos humanos en Chile, ha surgido una afirmación controvertida y errónea de parte de algunos sectores de la ultraizquierda política que sostienen que "sólo el Estado puede violar los Derechos Humanos". Esta absurda declaración simplifica la complejidad de las violaciones de los derechos humanos y no refleja la realidad jurídica ni las normativas internacionales que rigen este campo. 

En este sentido, es fundamental examinar los principios establecidos en el Estatuto de Roma y la Declaración Universal de los Derechos Humanos para comprender adecuadamente la responsabilidad universal en la protección de los derechos humanos, la cual va mucho más allá de lo que haga o que deje de hacer el Estado como tal.

El Estatuto de Roma y la Jurisdicción de la Corte Penal Internacional son claras al respecto

El Estatuto de Roma, que establece la base para la Corte Penal Internacional (CPI), es un documento fundamental en el ámbito del derecho internacional humanitario y los derechos humanos. El Estatuto de Roma otorga a la CPI jurisdicción sobre crímenes graves de preocupación internacional, como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión.

Es importante destacar que los crímenes de lesa humanidad, uno de los principales enfoques de la CPI, pueden ser cometidos tanto por actores estatales como no estatales. Y en ese punto hay que ser claros y categóricos al respecto, por mucho que la ultraizquierda chilena diga lo contrario. Esta distinción a la que hago referencia contradice la afirmación simplista de que "sólo el Estado puede violar los Derechos Humanos", ya que reconoce la posibilidad de que otras entidades, como grupos armados o individuos, también puedan ser responsables de graves violaciones de los derechos humanos.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos y la responsabilidad universal

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Establece que todos los individuos y entidades, ya sea estatales o no estatales, están obligados a respetar y proteger los derechos humanos fundamentales.

El artículo 30 de la DUDH enfatiza que ninguna interpretación de la Declaración debe ser utilizada para suprimir los derechos y libertades que en ella se establecen, ni para menoscabar los derechos humanos de cualquier persona. Y este punto vale la pena recalcarlo todas las veces que sea necesario: "Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración".

La izquierda miente cuando dice que "sólo el Estado puede violar los DDHH"

En conclusión, la afirmación de que "sólo el Estado puede violar los Derechos Humanos" es una simplificación inexacta, mentirosa y engañosa de la complejidad de las violaciones de los derechos humanos. Tanto el Estatuto de Roma como la Declaración Universal de los Derechos Humanos establecen claramente que todas las entidades, ya sean estatales o no estatales, tienen la responsabilidad de respetar y proteger los derechos humanos fundamentales. Por lo tanto, es esencial reconocer que las violaciones de los derechos humanos pueden ocurrir en diversos contextos y que todas las partes deben rendir cuentas por sus acciones en relación con los derechos humanos.

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